Es frecuente la consulta sobre la validez de un testamento otorgado por una persona de por su avanzada edad o por deficiencias psíquicas y/o sensoriales puede tener mermada su libre voluntad. La STS 156/2023, 3 de Febrero de 2023 consolida que es el Notario que autoriza el testamento quien está facultado y obligado a valorar la capacidad, consciencia y libertad del testador, observando las deficiencias sensoriales, mentales o intelectuales al tiempo del otorgamiento del testamento, sin necesidad de un preceptivo informe médico, todo ello sin perjuicio de su impugnación judicial.
Alejandro Toribio Abogado
945233175