Abogado Vitoria relación de abuelos, familiares y allegados con menores
Se ha planteado en el despacho el caso de una mujer que, tras una larga convivencia con su pareja, en la que cuidó a los hijos de él con cariño y dedicación maternal, ve que, tras la ruptura, el padre de los niños no permite que sigan relacionándose con ella. El padre de los menores aduce que, no siendo ella madre “legal” de los menores, ningún derecho tiene en relación a los mismos.
Sin embargo, el derecho de nuestra cliente está amparado por el artículo 160.2 del Código Civil - que establece que “no podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del menor con sus hermanos, abuelos y otros parientes Y ALLEGADOS» - y por uniforme jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Alejandro Toribio Abogado
945233175
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