Abogado Vitoria ocupación de vivienda por familiar heredero
4 de Enero de 2024


 Es frecuente que, tras el fallecimiento de los padres, el hijo que vivía con ellos, continúa en la vivienda, sin pagar alquiler ni ninguna otra cantidad al resto de hermanos o demás herederos.

Es una situación que se debe tratar dependiendo si esa persona es también heredera – caso habitual – o si carece por completo de cualquier derecho sobre la vivienda.

 

Como en todo conflicto, lo conveniente es llegar a un acuerdo, consistente en vender en un plazo y condiciones claras la vivienda a uno de los herederos o un tercero  y estipular entretanto un régimen de cobertura de pago de los gastos e impuestos de la vivienda y un precio de uso o alquiler a quien la ocupa.

 

 Si no se llegara a acuerdo, procede el desahucio por precario y/o la acción judicial de división de cosa común, que ordenarán a ese ocupante salir de la vivienda y abonar los daños y perjuicios causados al resto de personas perjudicadas.

 

 Alejandro Toribio Abogado

945233175

www.abogadoalejandrotoribio.com

 

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