Abogado Vitoria nombramiento de curador; conflicto entre institución y familiares del discapacitado
9 de Abril de 2026

Abogado Vitoria nombramiento de curador; conflicto entre institución y familiares del discapacitado

 

 En el caso analizado, una institución tutelar se negaba a cesar en su función y dejar la protección a la los familiares que la discapacitada había designado en escritura ante Notario.

 

El art. 268 CC dispone que las medidas tomadas por el juez en el procedimiento de provisión de apoyos deben responder a las necesidades de la persona que las precise y ser proporcionadas a esta necesidad, han de respetar «la máxima autonomía de esta en el ejercicio de su capacidad jurídica» y atender «en todo caso a su voluntad, deseos y preferencias».

 

Consecuentemente, el párrafo segundo del art. 269 CC prescribe que el juez debe precisar «los actos para los que la persona requiere asistencia del curador en el ejercicio de su capacidad jurídica atendiendo a sus concretas necesidades de apoyo».

Alejandro Toribio Abogado

945233175

www.abogadoalejandrotoribio.com

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