Abogado Vitoria: los derechos de los acreedores en la partición de la herencia: diferencias entre los acreedores del causante y los de los coherederos
29 de Octubre de 2026

Abogado Vitoria: los derechos de los acreedores en la partición de la herencia: diferencias entre los acreedores del causante y los de los coherederos

 

Los acreedores del causante no pueden solicitar la práctica de la partición, pero, sin embargo, sí pueden oponerse a que esta partición se lleve a cabo hasta que se les pague o se afiance el importe de sus créditos.

La situación es radicalmente diferente para los acreedores de cualquiera de los coherentes, ya que la partición les beneficia, puesto que, en principio, entran en el patrimonio del deudor bienes nuevos con los que puedan hacer frente al pago de sus créditos.

Hay que tener presente que los acreedores de alguno de los coherederos están legitimados para solicitar la anotación preventiva del derecho hereditario del coheredero en el registro de la propiedad y, asimismo, tienen posibilidad de pedir la anotación de embargo de dicho derecho hereditario anotado, como también, de exigir a los coherederos toda la información sobre el desarrollo de las operaciones particionales.

Alejandro Toribio Abogado

945233175

www.abogadoalejandrotoribio.com

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