Abogado Vitoria: El punto de encuentro familiar no puede decidir las visitas de un progenitor con sus hijos.
Tras un proceso de divorcio, el tribunal otorgó la guarda y custodia a uno de los progenitores, y visitas al otro, que se coordinarían por Punto de Encuentro Familiar, al que atribuyó amplias facultades (podía fijar el día y las horas concretas, intervenir para mejorar las relaciones familiares y suspender las visitas provisionalmente, ampliar días y horas o incluir pernoctas.
.El Tribunal Supremo estima el recurso de un padre y anula la delegación de esas facultades en el centro. Por eso, el punto de encuentro familiar puede informar y proponer, pero no decidir.
Alejandro Toribio Abogado
945233175

