En caso de que uno de los herederos se niegue a firmar la escritura de la herencia, el resto puede obligarle acudiendo a un notario para que le solicite la interpelación hereditaria, tras lo cual tendrá un plazo de 30 días naturales para tomar una decisión. Si no lo hace, la herencia se dará por aceptada de forma pura y simple.
Posteriormente, los herederos forman la comunidad hereditaria, en la que los bienes están indivisos, corriendo las deudas a cargo de sus partícipes. La división de la herencia es la fase más complicada, siendo a veces legítimo que unos quieran vender los bienes, mientras que otros deseen conservarlos o esperar a un mejor momento de venta. Para solucionar el conflicto no cabe sino la transacción, el nombramiento de un contador-partidor dativo – que puede haber sido designado en testamento – o la demanda de división judicial
Alejandro Toribio Abogado
945233175
www.abogadoalejandrotoribio.com

