El Tribunal Supremo en su STS n.º 1800/2025, de 9 de diciembre, sostiene que la aplicación del artículo 1905 del Código Civil —que establece la responsabilidad del poseedor del animal salvo supuestos de fuerza mayor o culpa del perjudicado— conlleva la atribución de la responsabilidad al poseedor del pastor alemán que intentó atacar a otro perro y mordió a su dueño, que intentaba evitarlo. La falta de diligencia en el control del perro agresor absorbe cualquier otra incidencia causal, destacando el Supremo que: «(...) no puede apreciarse culpa del perjudicado. La conducta del demandante -coger a su animal para evitarle el ataque- constituye una reacción lógica y previsible ante el riesgo.
Alejandro Toribio Abogado
945233175
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