Devolución de arras penitenciales. Denegación de financiación bancaria
Se declara resuelto el contrato de arras penitenciales entre el comprador de una vivienda y una inmobiliaria pese a que las certificaciones bancarias que acreditan la denegación de la financiación fueron expedidas transcurrido el plazo pactado en el contrato. Inexistencia de falta de diligencia de la compradora y acreditación de que la agencia inmobiliaria conocía, antes del transcurso del plazo establecido, que la compradora no había obtenido la oportuna financiación bancaria. SAP Las Palmas nº 215/2022, 7 de Marzo de 2022
Alejandro Toribio Abogado
945233175