APORTACIÓN DE DOCUMENTOS PRIVADOS EN DIVORCIO ¿DELITO DE REVELACIÓN DE SECRETOS?
19 de Noviembre de 2014

n un procedimiento de divorcio, la esposa aporta diversos documentos relativos al patrimonio privativo del marido adquirido constante matrimonio (se casaron en régimen de separación de bienes), así como documentación contable, fiscal y bancaria de la empresa de la que el marido era socio único y administrador, para la que la esposa prestaba sus servicios como auxiliar administrativa. Se pregunta si con esta conducta la esposa ha incurrido en un posible delito de revelación de secretos del art. 197 CP.

Se trata de un tema discutido que ha dado lugar a pronunciamientos no siempre concordes. En unas ocasiones se ha considerado que es delito, en otras, además, se aplica la atenuante muy cualificada de parentesco.

Resulta relevante la lectura de la Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de marzo de 2007 (SP/SENT/105581). Pero entre los hechos contemplados en la misma -que confirma la condena por el art. 197 CP- y los que aquí se exponen hay una diferencia básica: según el relato de la consulta no existe una conducta de apoderamiento del documento ajeno de manera subrepticia, que es el primer presupuesto del delito que consiste no solo en revelar, sino que se revele lo que se ha conocido ilegítimamente mediante un apoderamiento de los "papeles" o "documentos" referidos a secretos de otro, pues, como se indica en el enunciado fáctico de la consulta, la esposa trabajaba en la empresa de su esposo como auxiliar administrativa, y, como tal, tenía acceso a los documentos bancarios, fiscales y contables de la misma. Y, en relación con la aportación de las escrituras tanto de los bienes privativos de su marido como de los bienes de la empresa, son documentos de carácter público al haber sido autorizados por notario, fedatario público, inscritos en el Registro de la Propiedad, también público.

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