ABOGADO VIVIENDA VITORIA
10 de Octubre de 2014

:ENTREGA CANTIDADES ANTICIPADAS EN COMPRA DE VIVIENDA AL PROMOTOR
Responsabilidad de la entidad financiera por no exigir al promotor de las viviendas el seguro de las cantidades entregadas por los compradores a cuenta del precio, depositadas en dicha entidad (AP Valladolid, 3ª, S 23 Jun. 2014. Rec. 62/2014)
Compraventa de viviendas. Entrega de cantidades a cuenta del precio. Depósito de las mismas en una cuenta especial. Obligación de garantizar su devolución mediante seguro o aval. Responsabilidad del banco por no exigir dicha garantía. Falta de mención del carácter especial de la cuenta en el momento de su apertura.

    Compartir

    Share by: