ABOGADO VITORIA VISITAS HIJOS CON PADRES ALEJADOS GEOGRÁFICAMENTE
2 de Junio de 2017

En la determinación del régimen de visitas tras la separación o el divorcio, se plantea en no pocas ocasiones es cómo concretar el sistema de visitas, la duración o quien asume los gastos de desplazamiento, cuando los progenitores residente alejados uno del otro.

La sentencia dictada por el Tribunal Supremo el pasado 16 Mayo 2017, en el Rec. 3579/2016 (LA LEY 48332/2017),que cita, entre otras, la STS 289/2014 de 26 de mayo de 2014 (LA LEY 74352/2014), donde en un caso en que se trataba de 32 km que separaban a ambos progenitores (el niño tenía 4 años y los padres eran de escasos recursos económicos), se fijó doctrina en aplicación de los principios de interés del menor y reparto equitativo de cargas. Se consideró que no debía atribuirse al progenitor que no tiene la custodia todos los gastos de recogida y retorno de forma automática, y se confirmó la sentencia del Juzgado, que atribuía a cada progenitor la recogida del niño en el domicilio del otro.


Por su parte, la STS 536/2014, de 20 de octubre (LA LEY 144055/2014), señaló que los gastos de traslado del menor a España, desde Brasil donde residía con su madre, fueran compartidos por ambos progenitores.


Otro ejemplo es el de la STS 529/2015, de 23 de septiembre (LA LEY 132161/2015), donde la Sala asume la sentencia de instancia y declara que, con arreglo a los principios de interés del menor y reparto equitativo de las cargas, procede que la madre custodia asuma la mitad de los gastos de desplazamiento del hijo a la residencia del padre, excepto en las vacaciones de verano; tiene en cuenta para ello la ausencia de traslado caprichoso de la madre y el incremento de los gastos que recaen sobre el padre para visitar a su hijo, lo que redundaría en su perjuicio.


Alejandro Toribio Abogado

945233175

www.abogadoalejandrotoribio.com

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