El Juzgado de lo
Penal nº 1 de Vitoria-Gasteiz, en SENTENCIA N.º 101/2019 HA ABSUELTO A NUESTRO
CLIENTE de la acusación del Ministerio Fiscal, que solicitaba su condena como autor de un
delito de amenazas en el ámbito de la violencia de género, previsto y penado en
el art. 171.4 del Código Penal, a la pena de 7 meses de prisión con la
accesoria de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo
durante el tiempo de la condena; la pena de privación del derecho a tenencia y
porte de armas durante dos años; las penas de prohibición de aproximación a
menos de 200 m. de la víctima y de comunicación con ella durante dos años. Como
autor de un delito de maltrato en el ámbito de la violencia de género, previsto
y penado en el art. 153.1 del Código Penal, a la pena de 7 meses de prisión y
accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho pasivo
durante el tiempo de la condena; la pena de privación del derecho a tenencia y
porte de armas durante dos años; las penas de prohibición de aproximación a
menos de 200 m. de la víctima y de comunicación con ella durante dos años. Como
autor de un delito de coacciones en el ámbito de la violencia de género,
previsto y penado en el art. 172.2 del Código Penal, a la pena de 7 meses de
prisión y accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho
pasivo durante el tiempo de la condena; la pena de privación del derecho a
tenencia y porte de armas durante dos años; las penas de prohibición de
aproximación a menos de 200 m. de la víctima y de comunicación con ella durante
dos años.
La Juzgadora, en base a la valoración en conciencia de la prueba practicada en el plenario (arts. 741 y 973 de la LECrim), declaración del acusado, de los testigos, pericias y documental no impugnada, ha llegado a la convicción de que no se ha quebrado el principio de presunción de inocencia respecto del acusado, al no haber prueba de cargo suficiente que despeje las dudas que se han creado en el plenario acerca de la comisión por el acusado de los delitos de los que viene acusado por el Ministerio Fiscal.
Alejandro Toribio Abogado
945233175