Abogado Vitoria suspensión de visitas con hijos por violencia sobre la mujer
7 de Noviembre de 2022


El Tribunal Constitucional en una reciente sentencia ha aclarado que la nueva redacción del artículo 94.4 del Código Civil carece de automatismo y el Juez debe siempre motivarla con el criterio básico del superior interés de los los menores .

«[…], el precepto no priva de modo automático al progenitor del régimen de visitas o estancias como afirman los recurrentes, sino que atribuye a la autoridad judicial la decisión sobre el establecimiento o no de un régimen de visitas o estancias o la suspensión del mismo, incluso en los supuestos en los que un progenitor esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o sus hijos"

Alejandro Toribio Abogado

945233175

www.abogadoalejandrotoribio.com


    Compartir

    Share by: