La sentencia de la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Álava de 7 de junio de 2018 estima nuestro recurso de apelación. El Juzgado de 1ª Instancia Instancia había estimado la demanda de divorcio de nuestra cliente, atribuyéndole la guarda y custodia de los hijos y estableciendo obligaciones para el progenitor no custodio, pero había denegado nuestra solicitud de que se autorizara a la madre a viajar al extranjero sin permiso del padre.
La sentencia textualmente establece como sigue:
"Establece el art. 158 CC que el Juez, de oficio, o a instancia del propio hijo, de
cualquier pariente o del Ministerio Fiscal dictará las disposiciones que considere
oportunas a fin de apartar la menor de un peligro o de evitarle perjuicios en su entorno
familiar.
Los menores tienen derecho a conocer a la familia extensa, resulta beneficioso
para su desarrollo emocional e intelectual, conocer otras culturas y viajar hasta la tierra de
su madre no puede ser perjudicial.
La progenitora está solicitando viajar para visitar a la familia
extensa, no para fijar allí su residencia, se trataría de salidas programadas con fecha de
regreso, en periodo de vacaciones para los menores. Siendo ella quien ejerce la guarda y
custodia no necesita consentimiento expreso del padre, sólo en el caso de que conlleve un
cambio de residencia, y éste cambio sea permanente, la decisión correspondería a los
titulares de la patria potestad o, en su defecto, a la autoridad judicial".
Alejandro Toribio Abogado
945233175