Abogado vitoria pensión alimentos a hijo mayor de edad que estudia un máster
21 de Octubre de 2019

Lo determinante de la obligación alimenticia en beneficio de los hijos mayores de edad, para su concesión, es la carencia de ingresos propios suficientes para subvenir a sus necesidades permitiéndoles vivir una vida independiente, y ello por más que la causa jurídica de la prestación no se encuentre entre los deberes inherentes a la patria potestad, sino en el deber general de alimentos entre parientes que se recoge en el artículo 142 del Código Civil. En este caso, el hijo no tiene derecho a los alimentos que reclama a su padre, por cuánto ha sido acreditado que está en condiciones de poder ejercer la enfermería como medio de vida, siendo el master una opción personal. SAP A Coruña nº 282/2019 Civil 26/07/2019

ALEJANDRO TORIBIO ABOGADO
945233175

www.abogadoalejandrotoribio.com

    Compartir

    Share by: