En nuestro despacho tramitamos los expedientes de nacionalidad telemáticamente a través de una intranet de RedAbogacía, lo que agiliza dicha tramitación y resolución.
Los requisitos para obtención de la nacionalidad por residencia son la residencia de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. Excepciones:
Dos años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí
Se debe aportar: Tarjeta de Identidad de extranjero; pasaporte completo y en vigor del país de origen; certificación de nacimiento del interesado, debidamente traducido y legalizado.; certificado de antecedentes penales de su país de origen, traducido y legalizado; certificado de matrimonio si el solicitante está casado; justificante del pago de la tasa; certificado de antecedentes penales del Registro Central de penados. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud; certificado de empadronamiento. Diplomas del Instituto Cervantes de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma español, si no es su idioma nacional(DELE).
Alejando Toribio Abogado
945233175
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