ABOGADO VITORIA MATRIMONIAL
9 de Marzo de 2017

VIVIENDA FAMILIAR


No habiendo hijos, la atribución del uso de la vivienda a uno de los cónyuges ha de hacerse fijando un límite temporal

Posibilidad de fijar la temporalidad del uso de la vivienda en un proceso de modificación de medida. Ha de protegerse el interés del cónyuge más vulnerable pero también el interés del otro cónyuge, que no por ser de inferior grado es absolutamente irrelevante. Atribuir a uno de los cónyuges el uso de la vivienda indefinidamente supone una virtual privación de los derechos dominicales del cónyuge cotitular, y una solución inaceptable para la adecuada composición de todos los intereses legítimamente atendibles.

Alejandro Toribio Abogado

945233175

www.abogadoalejandrotoribio.com

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