Abogado Vitoria mascotas y divorcio
22 de Abril de 2021


El Congreso por fin va a tramitar una proposición de Ley sobre el régimen jurídico de los animales.

La proposición de ley propone modificar los artículos 90, 91, 94 y 103 del Código Civil para concretar el régimen de custodia de los animales de compañía en caso de ruptura de la pareja o matrimonio, estableciendo que los cuidados y tenencia de los animales de compañía se incluirán como contenido del convenio regulador en caso de nulidad, separación y divorcio. Y según el artículo 91, el juez tendrá potestad para determinar las medidas sobre el destino de los animales de compañía en defecto de acuerdo o en caso de no aprobación de este.

Se introduce un artículo 94 bis por el que "la autoridad judicial confiará para su cuidado a los animales de compañía a uno o ambos cónyuges, y determinará, en su caso, la forma en la que el cónyuge al que no se le hayan confiado podrá tenerlos en su compañía.

El artículo 333 establece que "los animales son seres vivos dotados de sensibilidad y solo les será aplicable el régimen jurídico de los bienes y de las cosas en la medida en que sea compatible con su naturaleza y con las disposiciones destinadas a su protección" y que el propietario o poseedor de un animal "debe ejercer sus derechos sobre él y sus deberes de cuidado respetando su cualidad de ser vivo dotado de sensibilidad, asegurando su bienestar".

Alejandro Toribio Abogado

945233175

www.abogadoalejandrotoribio.com

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