ABOGADO VITORIA GRABACIÓN CONVERSACIÓN
20 de Enero de 2015

No vulnera el derecho a la intimidad que un empleado grabe la conversación mantenida con su jefe cuando le entrega una carta de despido o sanción (TS, 1ª; S 20 Nov. 2014. Rec. 3402/2012)

Ámbito del derecho a la intimidad personal. La conversación grabada no puede considerarse referida a un ámbito propio y reservado que no puedanconocer los demás. La actuación del demandante como representante de la empresa y en el ejercicio de facultades disciplinarias no supone una manifestación de su intimidad. Quien graba una conversación con otro no incurre, por este solo hecho, en conducta contraria al derecho al secreto de las comunicaciones.

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