Abogado Vitoria custodia compartida
20 de Enero de 2021

Custodia compartida: distancia entre domicilios y colegio. Respecto a la distancia entre los domicilios de los progenitores como circunstancia que pueda obstaculizar la fijación de un sistema de custodia compartida, de las resoluciones emanadas de la Sala Primera del Tribunal Supremo, podemos extraer que tal circunstancia se erige como un elemento que juega un papel limitante en su concesión para el caso de que dicha distancia sea lo suficientemente importante como para alterar la vida normal del menor, especialmente en lo que a su recorrido al centro escolar se refiere.


De conformidad con lo arriba expuesto, se pronuncia el Alto Tribunal en su Sentencia N.º 115/2016, de 1 de marzo, ECLI:ES:TS:2016:797 , por la que se deniega la concesión de una custodia compartida en atención a la distancia existente entre los domicilios de los progenitores estableciendo que dicha distancia (Cádiz y Granada), "no solo dificulta sino que hace inviable la adopción del sistema de custodia compartida con estancias semanales, dada la distorsión que ello puede provocar y las alteraciones en el régimen de vida del menor máxime cuando está próxima su escolarización obligatoria, razones todas ella que motivan la denegación del sistema de custodia compartida".


Alejandro Toribio Abogado

945233175

www.abogadoalejandrotoribio.com

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