Abogado Vitoria conducir vehículo sin carnet.
10 de Diciembre de 2020



El artículo 384 del Código Penal dispone que el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de 12 a 24 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción". La pena de prisión solo he visto imponerla a casos de reincidencia muy repetida del delito, por lo que el penado puede escoger entre la multa o los trabajos en beneficio de la comunidad.Hay que tener en cuenta que si el carnet esta caducado o no se tiene el español pero si uno extranjero, la conducta no es delito sino sanción administrativa.

Alejandro Toribio Abogado

945233175

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