Abogado Vitoria comunidad de propietarios. aguas fecales
25 de Septiembre de 2020


Vertido de aguas fecales proveniente de una bajante comunitaria


El Juzgado de Primera Instancia de Vitoria estima la demanda de nuestro cliente y condena a la comunidad de propietarios a pagarle el coste de reparación de los daños producidos.


Se basa la sentencia en el artículo 10.1.a) de la Ley de Propiedad Horizontal “Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones: Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación”.


En caso de no reparación urgente por la comunidad de propietarios, el vecino afectado puede hacer las obras necesarias para evitar que se sigan produciendo daños en su vivienda o local, y, posteriormente, el comunero podrá reclamar el coste de estas obras a la comunidad.

Alejandro Toribio Abogado

www.abogadoalejandrotoribio.com

945233175

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