La incapacidad temporal por ansiedad derivada de una acusación de abuso sexual en el trabajo es accidente laboral. No puede entenderse la existencia de una presunción de culpabilidad por el mero hecho de estar incoado en un proceso penal por delito leve, lo que puede suponer una violación del derecho a la presunción de inocencia, siendo además el trabajador finalmente absuelto en el ámbito penal. Por tanto, no cabe trasladar de forma automática y directa la presunción de culpabilidad penal al proceso laboral. STSJ Andalucía nº 786/2020 Social 27/02/2020
ALEJANDRO TORIBIO ABOGADO
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