ABOGADO TRÁFICO VITORIA
25 de Noviembre de 2014


Devolución de los puntos por indebida notificación por edictos de la sanción 
TSJ Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, 7-10-2014

En febrero de 2012 se formuló denuncia frente a un vehículo por rebasar el límite de velocidad de 50 km/h señalado para vías urbanas. A la vez que se identificaba al conductor -el titular era una mercantil-, el mismo señalabaexpresamente un domicilio a efectos de notificaciones. En su posterior pliego de descargos, figuraba un segundo domicilio. La sanción, en la que se le imponía una multa con pérdida de dos puntos, se trató de notificar dos veces sin éxito al primero de aquellos domicilios, por lo que se procedió a la vía edictal.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo desestimó la demanda que, por el cauce del procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales, había formulado el interesado, pero, en apelación, el TSJ Madrid, en la sentencia que incluimos, revocó y anuló la dictada en primera instancia por no haber intentado la notificación en el segund o domicilio que constaba en el expediente, y reintegró los dos puntos al recurrente

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