ABOGADO COMPRAVENTA DE VIVIENDA: SUPERFICIE INFERIOR A LA PACTADA
27 de Octubre de 2014

Una escasa merma de la superficie de la vivienda no supone un cumplimiento defectuoso del vendedor

TS, Sala Primera, de lo Civil, 10-7-2014

De los hechos declarados probados en la sentencia recurrida, se deduce que el comprador se vio privado de una pequeña superficie de su vivienda, por causa no imputable a la parte vendedora, y la reducción en metros cuadrados no fue significativa, por lo que la vivienda siguió manteniendo una extensión considerable, por ello no se puede mantener la existencia de inidoneidad en el objeto transmitido, ni siquiera la existencia de un cumplimiento defectuoso por parte del vendedor, dado que el comprador en el contrato se manifestó conocedor de la situación física y urbanística del inmueble, unido ello a su condición de experto inmobiliario, por lo que no se incumplen los arts. 1101 , 1124 , 1166 y demás invocados del C. Civil . (Sobre la doctrina "aliud pro alio" sentencia de 23 de mayo de 2014, recurso: 2188/2011 , entre otras).

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