ABOGADO ARRENDAMIENTOS URBANOS VITORIA
13 de Noviembre de 2014

EXTINCIÓN DE CONTRATOS ANTERIORES A LAVIGENTE LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS
El 24 de noviembre de 2014 se extinguen los contratos de arrendamiento que fueron adquiridos por traspaso del local por parte del arrendatario, con posterioridad al 1 de enero 1995, pero queremos clarificar en estas notas que hay que tener en cuenta varias premisas, pues dependerá de la fecha del contrato y de la condición del arrendatario, si es persona física o jurídica. Añadiendo que esta competencia de traspasar solo la tiene el arrendatario actual, el que lo era a fecha 1 de enero de 1995 (entrada en vigor de la LAU 29/94) o su cónyuge subrogado, pero nunca el descendiente que se subroga con posterioridad a dicha fecha.

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