ABOGADO HERENCIAS VITORIA
6 de Marzo de 2015


El TS fija como doctrina jurisprudencial que el usufructuario de la totalidad de la herencia, o una parte o cuota, no puede ser asimilado a la posición jurídica del heredero (TS, 1ª, S 16 Dic. 2015. Rec. 2767/2012)

Reclamación de cantidad a la comunidad hereditaria por deudas de la herencia. Absolución de la esposa del testador a quien este legó el usufructo universal y vitalicio de la herencia, por no ser equiparables la condición de heredero y la de usufructuario.

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