Por el Tribunal Supremo se establecieron los requisitos exigibles para dejar de abonar la pensión cuando no hay relación entre padre e hijo:
1.- Que los hijos sean mayores de edad.
2.- Que exista negativa por parte de los hijos a relacionarse con el progenitor obligado al pago de alimentos.
3.- La falta de relación ha de ser manifiesta, principal, relevante e intensa, prolongada en el tiempo, por ejemplo, en forma de desencuentros severos y continuos.
4.- Que la causa sea imputable a los hijos mayores de edad beneficiarios de dicha pensión.
Para al extinción de la obligación de pago de la pensión de alimentos es necesario iniciar un procedimiento judicial que así lo establezca.
Alejandro Toribio Abogado
945233175
www.abogadoalejandrotoribio.com